En qué se diferencia el ser fiador o codeudor y cómo lo podría afectar

Muchas personas confunden los términos fiador y codeudor e incluso piensan que son lo mismo cuando no es así.

Si bien es cierto que ambos son garantes ante el acreedor en caso de incumplimiento del deudor principal, el procedimiento que tiene el acreedor al momento de cobrar su deuda es diferente para cada uno.

Cuando una persona es fiadora de otra, acepta que le cobren en caso que la otra persona no cumpliese con el compromiso. En ese sentido, la institución financiera informará, de forma oportuna, que se procederá al cobro mediante cualquier método legalmente establecido para tales efectos siempre y cuando haya realizado antes todas las gestiones en la persecución de los bienes del deudor principal (cuentas bancarias, muebles, inmuebles, participaciones en empresas, etc.)

En otras palabras, sólo después de que el acreedor persiga al deudor principal y no logre el pago de éste por insolvencia, es cuando el fiador se le exigir el pago.

El codeudor se encuentra en el mismo nivel que el deudor principal. Por ello, el acreedor puede, en caso de incumplimiento en la obligación, exigir su pago al deudor principal o al codeudor o a ambos.

Si usted como codeudor firmó como responsable por una parte de la deuda, usted es codeudor mancomunado y el deudor solo le puede exigir la porción o cuota que a usted le corresponde por la obligación

Si el compromiso que usted firmó dice que cada uno de los deudores responde por la totalidad de la deuda, el acreedor puede exigir de cualquiera de los codeudores el pago total de la deuda, ya que usted entonces es codeudor solidario. Fíjese muy bien en lo que firma en estos casos.

En otras palabras, usted es "dueño" junto con la otra persona del préstamo, por lo que es bueno que con alguna regularidad indague sobre el curso del compromiso.

Debido a que se tiene la deuda por el mismo monto y términos que la persona a la que usted sirve de garante y esto podría afectar su capacidad futura de endeudamiento, al sumarse sus propias deudas a aquella por la que usted actúa como codeudor.

Tanto fiadores como codeudores deben preocuparse en que la institución financiera que manejaba el crédito, una vez sea cancelado el mismo, cambien su estatus en el reporte de crédito y de alguna manera haga constar que ya usted no tiene obligaciones frente al compromiso en cuestión.

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Nota

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